RHO Finanzas
Ilustración de un sobre lacrado abierto con la fotografía de un edificio señorial junto a un árbol genealógico con escudos heráldicos
Cuando una herencia o un divorcio incluye una empresa familiar, su valor condiciona todo el reparto. RHO Finanzas elabora valoraciones independientes de empresas y participaciones para particiones hereditarias y liquidaciones de sociedades de gananciales, de modo que herederos, cónyuges y sus abogados dispongan de una base objetiva y defendible para negociar o litigar el reparto.

¿Por qué valorar la empresa en una herencia o un divorcio?

La empresa familiar suele ser el activo más importante del caudal hereditario o de la sociedad de gananciales — y el más difícil de repartir: no cotiza, no tiene un precio observable y, con frecuencia, una de las partes la gestiona y la otra no, con la asimetría de información que eso supone. Repartir «a ojo» o aceptar el valor que propone quien controla la compañía es la receta habitual del conflicto. Una valoración independiente pone sobre la mesa una cifra fundada, con método y con firma.

¿Cómo se valora una empresa familiar?

Con las metodologías de referencia: descuento de flujos de caja como método principal para un negocio en marcha, contrastado con múltiplos comparables, y valoración separada de los activos singulares —inmuebles, marca— cuando el caso lo requiere. En los encargos sucesorios y de gananciales la fecha de referencia importa tanto como el método: es habitual valorar a más de una fecha (la del fallecimiento o la de disolución de la sociedad de gananciales, y una fecha actualizada), de modo que el reparto se discuta sobre los valores jurídicamente relevantes.

¿Qué experiencia tenemos en encargos sucesorios?

La valoración de empresas y participaciones en particiones hereditarias y liquidaciones de gananciales es una línea recurrente de nuestra práctica: hemos valorado compañías familiares de sectores muy diversos a la fecha del fallecimiento del causante, cuantificado créditos entre patrimonios privativos y gananciales con trazabilidad bancaria y revisado la gestión de patrimonios hereditarios cuando uno de los herederos la cuestiona. Cada informe se firma y, si el asunto llega a juicio, se ratifica ante el tribunal.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede encargar la valoración?

Cualquiera de los herederos o de los cónyuges, directamente o a través de su abogado. No hace falta el acuerdo de la otra parte para encargar un informe pericial de parte; también es habitual que ambas partes acuerden encargar una única valoración independiente como base del reparto.

¿Qué documentación se necesita?

Como punto de partida, las cuentas anuales de la sociedad de los últimos ejercicios; si están disponibles, también la información fiscal y de gestión. Al revisar el caso indicamos la lista exacta y, si una de las partes no tiene acceso completo a la información, adaptamos el alcance del informe a la documentación realmente disponible.

¿Sirve el informe en el procedimiento judicial o en la partición?

Sí, en ambos escenarios: como prueba pericial en el procedimiento de familia o en el pleito sucesorio —con ratificación incluida en el encargo— y como base técnica en particiones hereditarias, cuadernos particionales y negociaciones ante notario.

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